A través de sus redes sociales, el jefe de Estado envió un mensaje a “todo el empresariado” en el que sostuvo que para la primera quincena de febrero los empleadores “deben pagar con el salario mínimo vital decretado”.
Petro advirtió que “el Ministerio de Trabajo tomará las medidas con aumentos de vigilancia y recepción de quejas que se tramitarán de acuerdo a las normas”.
El mensaje fue publicado por el primer dignatario luego de que el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, ordenara a los empleadores pagar completo los salarios hasta que el Consejo de Estado emita una determinación final.
“Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se fijó el salario mínimo, se encuentra vigente y es de obligatorio cumplimiento (…) Los derechos laborales son progresivos y no admiten retrocesos; por ello, cualquier interpretación debe realizarse a la luz del principio in dubio pro operario, privilegiando la protección del trabajo, el ingreso y el bienestar de la persona trabajadora y sus familias”, escribió Sanguino.
También dijo que “cumplir la Constitución no es opcional: el salario vital es un imperativo del Estado Social de Derecho y una garantía de dignidad, seguridad jurídica y respeto por las y los trabajadores”.
Gustavo Petro escribió que pese a la medida del Consejo de Estado, en la práctica, “el salario mínimo vital decretado se mantiene“.
El presidente coincidió con la explicación detallada del Consejo de Estado que indica que no se presentarían cambios en los salarios, mientras que la Presidencia de la República propone un nuevo decreto que sea revisado por el máximo tribunal de la administración pública.
Petro sostuvo que el salario mínimo vital se mantiene “hasta la expedición de un decreto transitorio de la presidencia que se mantiene hasta que el consejo de estado tome decisión de fondo (sic)”.
En esa medida, el Gobierno solicitará precisiones sobre el alcance del auto expedido por el Consejo de Estado, ya que, según explicó, el documento no incluye el texto completo de la sentencia de la Corte Constitucional, sostuvo.