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Medidas que regulan circulación de motociclistas continúan vigentes en Barranquilla hasta octubre de 2026

Con el fin de reducir la siniestralidad vial y para proteger la vida de los motociclistas y demás actores viales, la Alcaldía de Barranquilla expidió medidas que regulan la circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros, a través del Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025.
 
De acuerdo con los indicadores de siniestralidad en 2025, se han reportado 95 víctimas por siniestros de tránsito, de los cuales 53 fueron motociclistas (43 conductores y 10 pasajeros), lo que representa el 56% por ciento del total de víctimas.
 
Las hipótesis más frecuentes registradas en siniestros viales son: no respetar señales de tránsito y el exceso de velocidad.
 
La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial a través del cuerpo operativo realizará los controles correspondientes ajustados a los procedimientos de ley para garantizar el cumplimiento de las normas de tránsito. 
 
Las medidas implementadas: 
 
Circulación nocturna:
 
La circulación y/o tránsito de motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros en Barranquilla queda restringida todos los días de la semana entre las 11:00 p.m. y 5:00 a.m. del día siguiente. Se exceptúa de la restricción los casos en que la motocicleta sea conducida por su propietario, quien deberá presentar la licencia de tránsito ante la autoridad y puede llevar acompañante siempre y cuando esté inscrito. 
 
Restricción de circulación zona Centro: 
 
Se prohíbe la circulación y/o tránsito de motocicletas, motociclos, mototriciclos y motocarros en el cuadrante delimitado por:

Para facilitar el acceso a las zonas comerciales y actividades relacionadas a las motocicletas, los conductores podrán circular sin acompañante y sin necesidad de permiso especial, entre las 6:00 a.m. y 7:00 p.m.: 

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